Participación y derechos
Autorizar a otra persona a tramitar por ti
Otorgar poderes de representación para que un familiar o gestor actúe en tu nombre.
Datos básicos del trámite
Qué cuesta
Nada. Otorgar el poder es gratuito.
Cuánto tarda
El poder se anota en el registro de apoderamientos. A partir de ese momento, la persona apoderada puede actuar por ti en lo que hayas autorizado.
Quién puede pedirlo
Cualquier persona.
Dónde se hace
En el Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. También por internet, en la Sede Electrónica.
De qué va esto
Para qué sirve
Apoderar es autorizar oficialmente a otra persona para que haga trámites en tu nombre ante el Ayuntamiento. Esa persona firma por ti, presenta los papeles por ti y recibe las comunicaciones del expediente.
Es especialmente útil si no te manejas con el certificado digital o si te cuesta desplazarte: puedes apoderar a un hijo, a un familiar o a una gestoría y que sean ellos quienes tramiten por internet. También sirve si pasas temporadas fuera del pueblo.
Tú decides el alcance: puedes dar un poder amplio para todo o limitarlo a un trámite concreto, y también puedes ponerle fecha de caducidad.
Qué necesitas
Ten preparado esto antes de empezar. Si te falta algo, puedes presentar la solicitud igualmente y aportarlo después, pero el trámite se retrasa.
- Los datos de la persona a la que vas a apoderar: nombre, apellidos y DNI o NIE
- El alcance del poder (para todo o solo para determinados trámites) y durante cuánto tiempo quieres que valga
- La identificación de las dos partes, la tuya y la de la persona apoderada
Cuándo hay que hacerlo
Cuando quieras: no hay plazo. Lo lógico es hacerlo antes de necesitarlo, para que cuando llegue el trámite ya esté todo listo.
Cómo se hace
Hay dos caminos y los dos valen igual. Elige el que te resulte más cómodo.
Por internet, en la Sede Electrónica
- Abre la ficha del procedimiento en la Sede Electrónica con el enlace de más abajo. Para leerla no hace falta identificarse.
- Pulsa «Iniciar tramitación electrónica». Ahí sí te pedirá Cl@ve o certificado digital.
- Rellena los datos de la persona apoderada, indica qué puede hacer en tu nombre y durante cuánto tiempo.
- Firma y envía. Guarda el justificante que te devuelve la Sede: lleva fecha, hora y número de expediente.
En persona, en el Ayuntamiento
- Lleva tu documento de identidad y los datos de la persona a la que vas a apoderar.
- Acércate al Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Si prefieres asegurarte, pide antes cita previa.
- Allí te dan el impreso y te ayudan a definir el alcance del poder.
- Firmas y te sellan tu copia. El poder queda anotado en el registro de apoderamientos.
Procedimiento oficial
Hazlo por internet, a cualquier hora
En la Sede Electrónica este trámite se llama «Otorgar Poderes de Representación». Desde ahí puedes presentarlo firmado sin venir al Ayuntamiento, también fuera del horario de oficina.
Para leer la ficha del procedimiento no hace falta identificarse. Solo te pedirá Cl@ve o certificado digital cuando pulses «Iniciar tramitación electrónica».
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