Impuestos y pagos
Pedir una bonificación o exención de un impuesto
Familia numerosa, discapacidad, vehículos históricos, eficiencia energética y otros supuestos previstos en las ordenanzas.
Datos básicos del trámite
Qué cuesta
Gratuito. Pedir la bonificación no cuesta nada.
Cuánto tarda
Termina con una resolución municipal en la que se te concede o se te deniega la bonificación.
Quién puede pedirlo
El sujeto pasivo del tributo, es decir, quien figura como obligado a pagarlo, siempre que cumpla los requisitos de la ordenanza.
Dónde se hace
En el Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. También por internet, en la Sede Electrónica, a cualquier hora del día.
De qué va esto
Para qué sirve
Las ordenanzas fiscales del Ayuntamiento recogen descuentos y exenciones en algunos impuestos y tasas: familia numerosa, discapacidad, vehículos históricos, instalaciones de eficiencia energética y otros supuestos.
Lo importante es esto: las bonificaciones casi nunca se aplican solas. Hay que pedirlas, y normalmente antes de que se genere el recibo. Si esperas a que te llegue el cobro, para ese año suele ser tarde.
Qué necesitas
Ten preparado esto antes de empezar. Si te falta algo, puedes presentar la solicitud igualmente y aportarlo después, pero el trámite se retrasa.
- Documentación que acredite el supuesto: título de familia numerosa, certificado de discapacidad, etc.
- Referencia del recibo o del bien afectado
Cuándo hay que hacerlo
Consulta la ordenanza fiscal aplicable a tu caso. Muchas exigen solicitar la bonificación antes del 31 de diciembre del año anterior. Si tienes dudas sobre la fecha límite, pregunta en el Registro del Ayuntamiento antes de que se te pase.
Cómo se hace
Hay dos caminos y los dos valen igual. Elige el que te resulte más cómodo.
Por internet, en la Sede Electrónica
- Abre la ficha del procedimiento en la Sede Electrónica con el enlace de más abajo y pulsa «Iniciar tramitación electrónica».
- Identifícate con Cl@ve o con tu certificado digital.
- Indica qué impuesto o tasa es, sobre qué recibo o qué bien, y qué bonificación pides.
- Adjunta la documentación que acredita tu situación.
- Firma y envía. Guarda el justificante: es la prueba de que lo pediste en plazo.
En persona, en el Ayuntamiento
- Lleva los documentos de la lista al Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
- Allí te ayudan con el impreso y comprueban que no falte nada.
- Firmas y te quedas con tu copia sellada, con fecha de entrada.
- Espera a que te notifiquen la resolución.
Procedimiento oficial
Hazlo por internet, a cualquier hora
En la Sede Electrónica este trámite se llama «Solicitud de Bonificación o Exención de un Tributo». Desde ahí puedes presentarlo firmado sin venir al Ayuntamiento, también fuera del horario de oficina.
Para leer la ficha del procedimiento no hace falta identificarse. Solo te pedirá Cl@ve o certificado digital cuando pulses «Iniciar tramitación electrónica».
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