Participación y derechos
Recurrir una resolución del Ayuntamiento
Recurso administrativo contra cualquier acto municipal que no sea tributario.
Datos básicos del trámite
Qué cuesta
Gratuito. Presentar el recurso no cuesta nada.
Cuánto tarda
1 mes.
Quién puede pedirlo
Cualquier interesado en el procedimiento.
Dónde se hace
En el Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. También por internet, en la Sede Electrónica, a cualquier hora del día.
De qué va esto
Para qué sirve
Cuando el Ayuntamiento te notifica una decisión —te deniega una licencia, te concede algo distinto de lo que pediste, te impone una obligación— y no estás de acuerdo, este es el cauce para pedirle que la revise él mismo, antes de tener que ir a los tribunales.
Sirve para cualquier acto municipal que no sea tributario. Si lo que quieres discutir es un recibo, una liquidación o un impuesto, el trámite es recurrir un recibo o una liquidación.
Qué necesitas
Ten preparado esto antes de empezar. Si te falta algo, puedes presentar el recurso igualmente y aportarlo después, pero el trámite se retrasa.
- Copia de la resolución que recurres
- Los motivos del recurso
- Documentación acreditativa
Cuándo hay que hacerlo
1 mes desde la notificación para el recurso de reposición. Si la resolución que recibiste indica otro recurso o un plazo distinto, haz caso a lo que diga la propia notificación.
Cómo se hace
Hay dos caminos y los dos valen igual. Elige el que te resulte más cómodo.
Por internet, en la Sede Electrónica
- Ten a mano la resolución que quieres recurrir y su fecha de notificación.
- Abre la ficha del procedimiento en la Sede Electrónica con el enlace de más abajo y pulsa «Iniciar tramitación electrónica».
- Identifícate con Cl@ve o con tu certificado digital.
- Explica qué resolución recurres y por qué crees que no es correcta. Con lenguaje normal, sin fórmulas.
- Adjunta la resolución y la documentación que te dé la razón. Firma y envía.
En persona, en el Ayuntamiento
- Lleva la resolución y tu documentación al Registro General del Ayuntamiento (Avenida Duque de Alba, 6), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
- Allí te ayudan a redactar el escrito.
- Firmas y te quedas con tu copia sellada, con la fecha de entrada.
- Espera a que te notifiquen la resolución del recurso.
Procedimiento oficial
Hazlo por internet, a cualquier hora
En la Sede Electrónica este trámite se llama «Interposición de Recurso Administrativo». Desde ahí puedes presentarlo firmado sin venir al Ayuntamiento, también fuera del horario de oficina.
Para leer la ficha del procedimiento no hace falta identificarse. Solo te pedirá Cl@ve o certificado digital cuando pulses «Iniciar tramitación electrónica».
Quizá también te haga falta
Trámites relacionados
Recurrir un recibo o una liquidación
Recurso de reposición contra actos de naturaleza tributaria.
Gratuito 1 mes para recurrir
Reclamar por un daño causado por el Ayuntamiento
Si te has caído por un desperfecto en la vía pública o has sufrido un daño por el funcionamiento de un servicio municipal.
Gratuito 1 año para reclamar
Presentar un escrito al Ayuntamiento (instancia general)
El trámite comodín: cualquier petición, escrito o comunicación para la que no exista un formulario específico.
Gratuito plazo general de 3 meses